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Buenas Prácticas Agrícolas: Venta de agroquímicos bajo receta.

Buenas Prácticas Agrícolas: Venta de agroquímicos bajo receta.

Las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) son un conjunto de principios, normas y recomendaciones técnicas aplicables a la producción, procesamiento y transporte de alimentos, orientadas a asegurar la protección de la higiene, la salud humana y el medio ambiente, mediante métodos ecológicamente seguros, higiénicamente aceptables y económicamente factibles.

La Gestión responsable de fitosanitarios tiene como objetivo lograr el manejo y uso responsable de los agroquímicos durante todo su ciclo de vida: desde su descubrimiento y desarrollo, ciclo comercial y uso en el campo, hasta su eliminación por el uso y disposición final de envases.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), se define al producto fitosanitario como “la sustancia o mezcla de sustancias destinadas a prevenir la acción de, o destruir directamente, insectos, ácaros, moluscos, roedores, hongos, malas hierbas, bacterias y otras formas de vida animal o vegetal perjudiciales para la salud pública y también para la agricultura”. Inclúyase en esta definición las sustancias reguladoras del crecimiento vegetal o fitorreguladores.

En Mendoza, el ISCAMEN  a través de la Resolución Nº 769/18  a partir del 9 de octubre de 2018 comenzará a implementar la «Receta Agronómica» para la compra de productos agroquímicos adhiriendo así al cumplimiento de las BPA. Para poder prescribir la Receta Agronómica los Ingenieros Agrónomos deberán contar con matrícula al día del Consejo Profesional de Ingenieros y Geólogos de Mendoza.

La implementación de una Receta Agronómica se comenzó a plantear a partir de hechos desafortunados acontecidos en la provincia referidos al mal uso, desvío de uso o uso inescrupuloso de productos agroquímicos. Esto motivó la necesidad de evaluar la situación en relación a la normativa vigente.

A partir de allí, desde ISCAMEN, se comenzó a desarrollar e implementar un Registro Informático Obligatorio para contar con la trazabilidad (*) de los productos agroquímicos altamente peligrosos, es decir un sistema que brinda información sobre el destino de cada agroquímico de clase toxicológica de banda roja en principio para luego ser aplicado a todos los agroquímicos. Se capacitó en este sentido a los técnicos de las casas expendedoras de agroquímicos y en la actualidad está funcionando correctamente.

A partir de este hecho, y siendo el ISCAMEN el organismo de aplicación de la Ley 5665 y su Decreto Reglamentario 1469/93, se decidió hacer efectivo lo establecido en el Art 12 de la mencionada Ley en lo que respecta a la prohibición de venta a los usuarios y/o aplicadores de los productos clasificados como Clase A, B y C correspondientes a los actuales Clases Toxicológicas Ia, Ib,II y III sin la recomendación o prescripción debidamente suscripta de un ingeniero agrónomo. Siendo un tema aún en discusión por los profesionales que no podrán emitir la receta cuando tengan una relación directa o indirecta, con las empresas mencionadas en el Art. 11 de la presente Ley. Como esta situación requiere del tratamiento legislativo se aplicará la vigente Ley.

La Receta Agronómica contendrá todas las recomendaciones que son imprescindibles para una correcta utilización y aplicación de los productos fitosanitarios, con el fin de proteger la salud de la población; prevenir y disminuir los riesgos de intoxicaciones de toda persona relacionada con el uso y manejo de dichos productos y evitar la contaminación de alimentos y del medio ambiente.

Sólo quienes figuren en los registros del Colegio Profesional de Ingenieros y Geólogos de Mendoza podrán obtener la clave electrónica en el ISCAMEN para descargar e imprimir los formularios de las recetas. A diferencia de otras provincias la descarga desde la oficina virtual es gratuita.

La receta no tiene ningún costo para el profesional. El incumplimiento de la presente resolución hará pasible al infractor de las sanciones establecidas en la Ley provincial 5665 y su decreto reglamentario 1469/93 y normas que las complementen o reemplacen.

Clasificación de la OMS según los riesgos. Formulación Líquida DL 50 Aguda (mg/kg) Formulación Sólida DL 50 Aguda (mg/kg) Oral. Dermal. Clase I a Producto Sumamente Peligroso. 20 o menos. 40 o menos. 5 o menos. 10 o menos. Clase I b Producto Muy Peligroso. 20 a a a a 100. Clase II Producto Moderadamente Peligroso. 200 a a a a Clase III Producto Poco Peligroso a mayor a a mayor a Productos que Normalmente no Ofrecen Peligro. mayor a mayor a 2000.

El objetivo es controlar la venta de productos tóxicos en la provincia y la Receta Agronómica es una gran herramienta para el ordenamiento no sólo desde una mirada referida a las Buenas Prácticas Agrícolas sino desde el control ya que permite identificar quién compra, qué compra, cuánto compra y dónde lo usa ya que el productor deberá contar con el RUT (Registro Único Territorial) actualizado para la compra de productos de banda roja.

El programa Agencia de Calidad Agroalimentaria cuenta con vasta experiencia en este tema, con 15 certificaciones, 5 en vías de certificar , 31 en implementación , 65 diagnosticados en comienzo en de implementación y actualmente se han acoplado 4 asociaciones con varios productores mas. Cubriendo el sector hortofrutícola con prototipos a multiplicar en toda la provincia.
El programa ha diseñado el plan de implementación «Comprometidos con las Buenas Prácticas Agrícolas» con el fin de que los productores puedan dar la confianza necesaria a los compradores de que sus productos son de calidad e inocuos, y que han sido producidos acorde con las exigencias establecidas por los principales mercados.
La producción limpia en el sector hortofrutícola a través de la implementación de Buenas Prácticas Agrícolas beneficia :

  • A los consumidores, porque dado el hecho de que gran parte del volumen de frutas y verduras que se comercializa en nuestro Mercado interno pasa por el mismo proceso que las de exportación, este programa tiene un impacto significativo en la inocuidad de estos productos.
  • A los productores, porque se les facilita el acceso a los principales mercados de destino, como son Estados Unidos y Europa, donde se han establecido progresivamente normativas y exigencias destinadas a aplicar programas de Buenas Prácticas Agrícolas en toda la cadena de los productos hortofrutícolas.
  • A los trabajadores, porque se promueve la aplicación de prácticas, que aseguren la prevención necesaria para que todas las personas involucradas directa o indirectamente en alguna etapa del ciclo productivo, se desempeñen en condiciones de seguridad y no pongan en riesgo su salud.
(*) trazabilidad es un término definido por la  Organización Internacional para la Estandarización (ISO 9001:2008).
«Se entiende trazabilidad como el conjunto de aquellos procedimientos preestablecidos y autosuficientes que permiten conocer el histórico, la ubicación y la trayectoria de un producto o lote de productos a lo largo de la cadena de suministros en un momento dado, a través de unas herramientas determinadas.”

 

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